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Cómo adaptarse al CBAM: requisitos para importar productos intensivos en carbono

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) de la Unión Europea ya está en vigor y, con su aplicación definitiva desde 2026, supone un paso importante en la política climática de la UE. Diseñado para reducir las emisiones asociadas a la importación de productos intensivos en carbono, el CBAM pretende garantizar unas condiciones de competencia equitativas para los productores europeos al incorporar en frontera el coste de las emisiones de CO₂ implícitas. A continuación, repasamos los aspectos clave de esta normativa para ofrecer una guía general sobre qué deben hacer las empresas afectadas y qué implicaciones prácticas tiene para quienes importan mercancías incluidas en su ámbito de aplicación.

Una embarcación de navegación interior en un paisaje tranquilo y frondoso
Una embarcación de navegación interior en un paisaje tranquilo y frondoso

¿Cuál es el objetivo del CBAM?

El objetivo del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) es evitar la fugadecarbono, es decir, que la producción se desplace a países con políticas climáticas menos exigentes. Al aplicar a los bienes importados un precio del carbono equivalente al que asumen los productores europeos en el marco del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE (EU ETS), el CBAM garantiza que los productos importados reflejen su huella real de carbono.

De este modo, se equilibran las condiciones de competencia para la industria europea, se fomentan prácticas de producción más sostenibles fuera de la UE y se refuerza el objetivo comunitario de alcanzar la neutralidad climática en 2050. A largo plazo, se espera que el CBAM incentive a los socios comerciales internacionales a adoptar tecnologías bajas en carbono, contribuyendo así a que la producción sostenible se convierta en el nuevo estándar global.

Resumen de los productos afectados

El CBAM se aplica a las emisiones de carbono de determinados productos importados en la UE que se consideran especialmente expuestos al riesgo de fuga de carbono. Actualmente, incluye:

  • Cemento
  • Hierro
  • Acero
  • Aluminio
  • Fertilizantes
  • Hidrógeno
  • Electricidad
  • Determinados precursores y subproductos relacionados con estos sectores

La Unión Europea también ha señalado que el alcance de la normativa podría ampliarse en el futuro para incluir otros productos, a medida que evolucione la política climática.

Exenciones del CBAM

Existen, no obstante, determinadas exenciones a las obligaciones del CBAM. Las empresas que importen menos de 50 toneladas anuales de mercancías sujetas al CBAM pueden acogerse a la denominada exención por umbral mínimo. Para beneficiarse de ella, es recomendable prever con precisión los volúmenes anuales de importación y, si procede, registrarse a tiempo como declarante CBAM.

Conviene tener en cuenta que este umbral de 50 toneladas también se aplica a los importadores que operan mediante representantes aduaneros indirectos. En el caso del hidrógeno y la electricidad, este límite no es de aplicación. Además, quedan fueradel ámbito del CBAM las mercancíasoriginariasde la UE que posteriormente se reimportan, así como los productos despachados como mercancía deretorno.

Con el objetivo de reducir la carga administrativa, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, la Comisión Europea presentó a principios de 2025 un paquete de simplificación del CBAM (COM(2025) 87 final), pendiente todavía de su adopción definitiva e implementación por parte de los Estados miembros. Este paquete reduce la complejidad administrativa, simplifica los procedimientos de notificación de emisiones y de gestión de certificados e introduce cálculos financieros más claros. El objetivo es preservar la eficacia medioambiental del CBAM y, al mismo tiempo, hacer que el sistema sea más previsible y manejable para las empresas afectadas.

Aplicación plena tras el periodo transitorio

La implantación del mecanismo se ha desarrollado en dos fases:

  1. Periodo transitorio (1 de octubre de 2023 - 31 de diciembre de 2025): durante esta fase inicial, los importadores quedaron sujetos a nuevas obligaciones de reporte destinadas a recopilar la información necesaria para perfeccionar la metodología que se aplicará en la fase definitiva. En concreto, debían presentar un informe trimestral con datos específicos.
  2. Entrada en vigor del sistema definitivo (a partir del 1 de enero de 2026): la principal diferencia respecto a la fase anterior es que pasa a ser obligatoria la compra de certificados CBAM y que solo se aceptará el método de notificación basado en la metodología de la UE. Los importadores deberán declarar cada año la cantidad de mercancías importadas en la UE durante el ejercicio anterior, así como el volumen de gases de efecto invernadero incorporados a esos productos. Además, estarán obligados a entregar el número correspondiente de certificados CBAM.

 

Qué tener en cuenta en la fase definitiva del CBAM

Con la entrada en vigor del régimen definitivo del CBAM en 2026, los importadores de la UE deberán adquirir certificados CBAM equivalentes al precio del carbono que se habría pagado si las mercancías se hubieran producido conforme a las normas europeas de tarificación del carbono.

A partir de 2027, el precio de estos certificados se calculará sobre la base del precio medio trimestral de subasta del EU ETS, expresado en euros por tonelada de CO₂ emitida. Los primeros precios se publicarán el 7 de abril de 2026.

También debe tenerse en cuenta que, si un productor no perteneciente a la UE ya ha abonado un precio del carbono en un tercer país por las emisiones generadas durante la producción de las mercancías importadas, ese coste podrá deducirse íntegramente de la obligación CBAM correspondiente. Por el momento, este punto aún no se aplica plenamente, por lo que todavía no está del todo claro cómo funcionará en la práctica para las empresas.

¿Cómo cumplir con la normativa de la UE?

Los importadores deben solicitar su autorización como declarantes CBAM a través del registro CBAM de la UE, gestionado por la Comisión Europea. Una vez que la autoridad competente del Estado miembro correspondiente aprueba la solicitud, reciben acceso seguro al registro, que utilizarán para presentar declaraciones CBAM, gestionar certificados y supervisar su cumplimiento.

La solicitud en el registro CBAM debe completarse antes de finales de marzo de 2026. Los importadores, o los representantes aduaneros indirectos cuando corresponda, son los responsables de iniciar este proceso. La autoridad competente evalúa la solicitud y concede acceso al registro. Una vez autorizados, deberán cumplir con las obligaciones anuales de notificación y verificación establecidas por el CBAM.

A partir de 2026, los declarantes CBAM deberán informar, antes del 31 de mayo de cada año, de la cantidad total de mercancías CBAM importadas durante el año natural anterior. Este informe deberá incluir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) incorporadas, calculadas conforme a la metodología obligatoria de la UE. También deberán entregar un número equivalente de certificados CBAM para cubrir dichas emisiones.

En el marco del Reglamento CBAM, distintas partes pueden ser responsables de presentar los datos de emisiones. Entre ellas figuran el importador establecido en un Estado miembro de la UE, el representanteaduaneroindirecto que actúe en nombre de un importador establecido fuera de la UE o una persona autorizada conforme a la legislación aduanera. Los declarantes CBAM autorizados también pueden delegar tareas de reporteenterceros. Aunque las emisiones reales deben verificarse de forma independiente, las emisiones calculadas a partir de valores por defecto facilitados por la UE no requieren verificación por parte de terceros. Esto simplifica el proceso en muchos casos, aunque también puede encarecerlo, ya que esos valores por defecto suelen ser elevados.

Por qué esto importa en la cadena de suministro

Para las empresas que adquieren materiales y productos fuera de la UE, el CBAM añade nuevos niveles de complejidad en materia aduanera, trazabilidad de datos y coordinación con proveedores. Los importadores deben recopilar datosverificados de emisiones de sus proveedores, asegurarse de que los cálculos siguen la metodologíade la UE y alinear los plazos de reporte con sus sistemas internos.

En este contexto, los profesionales de la logística pueden desempeñar un papel clave al aportar visibilidad sobre la cadena de suministro, facilitar el cumplimiento de los procedimientos aduaneros y ayudar a gestionar los riesgos regulatorios.

Cumplir con los requisitos del CBAM exige anticipación, previsionesprecisas y una estrechacolaboración entre operadores logísticos, agentes de aduanas y equipos de compras. Por ello, los importadores deberían:

  • Asegurarse de estar registrados en el registro CBAM con suficiente antelación al plazo de notificación.
  • Trabajar con socios de confianza para rastrear el origen de los productos y validar los datos de emisiones.
  • Implantar controles internos que permitan calcular con fiabilidad las emisiones incorporadas.
  • Hacer seguimientodelpreciode los certificados CBAM, ya que puede fluctuar en función del EU ETS.

Profesionales logísticos como Rhenus desempeñan un papel esencial en este proceso, ayudando a las empresas a adaptarse mediante una mayor visibilidad de los datos, soporte en materia de cumplimiento y experiencia en operativa transfronteriza.

Resumen

Con el CBAM plenamente en vigor, los importadores deben cumplir requisitos exigentes en materia de reportedeemisiones, registro y gestióndecertificados. Aunque este mecanismo contribuye a los objetivos climáticos de la UE y favorece una competencia más equitativa, también introduce desafíos importantes desde el punto de vista del cumplimientonormativo. Mediante una planificación anticipada y el apoyo de proveedoreslogísticos con experiencia comoRhenus, las empresas pueden afrontar el CBAM con mayor seguridad y mantener la continuidad de sus operaciones comerciales.

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