El 10 de febrero de 2023 entró en vigor un nuevo control a la importación de productos químicos, como consecuencia de la aplicación del anexo XVII del reglamento 1907/2006 relativo al registro, evaluación y autorización de sustancias químicas, así como las restricciones aplicables a estas sustancias (REACH).
Este anexo se encuentra a partir de la página 397 del reglamento 1907/2006, publicado por el Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, relativo a las restricciones aplicables a la fabricación, puesta en el mercado y uso de determinadas sustancias, preparados y sustancias peligrosas (REACH) medida tipo 761 (control de importación REACH).
¿Qué novedades representa este nuevo control?
- La importación de estos productos está condicionada al cumplimiento de las restricciones definidas en el anexo XVII del R/CE 1907/2006 L-396 (30-12-2006) (CELEX 32006R1907) (Código casilla 44 del DUA: Y106).
- No se precisará autorización para los supuestos definidos en el artículo 67, apartados 1 y 2 (Código casilla 44 del DUA: Y110)
- Para los productos no sujetos a las disposiciones del R/CE 1907/2006 L-396 (30-12-2006) (CELEX 32006R1907), se indicará en la casilla 44 del DUA el código Y113.
¿Qué es el REACH?
REACH es el acrónimo del reglamento (CE) nº 1907/2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos. En el Espacio Económico Europeo, la fabricación o importación de una determinada sustancia química en cantidades iguales o superiores a una tonelada por año debe quedar registrada en la base de datos REACH.
Su entrada en vigor se remonta al 1 de junio de 2007, pero como señala el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se trata de un reglamento “vivo”, cuyos anexos van siendo modificados periódicamente, por ejemplo, cuando es necesario incluir nuevas sustancias en el anexo XIV (Lista de sustancias sujetas a autorización) o hay que modificar o añadir alguna restricción en el anexo XVII.
¿A qué productos se aplica el reglamento REACH?
REACH se aplica a todas las sustancias químicas, las vinculadas a la actividad industrial y las presentes en nuestra vida cotidiana, como productos de limpieza y pinturas, ropa, muebles, electrodomésticos, etc. Las sustancias no registradas en el reglamento no pueden comercializarse ni utilizarse.
¿A qué empresas afecta el reglamento REACH?
- Los fabricantes de sustancias y productos químicos destinados a la venta o a otras empresas.
- Los importadores de sustancias y mezclas químicas o de productos como ropa, muebles o artículos de plástico, procedentes de fuera de la UE.
- Los distribuidores que almacenan y comercializan sustancias o mezclas químicas.
- Los usuarios intermedios que utilizan sustancias o mezclas químicas en el marco de una actividad empresarial o profesional.
El registro, el primer paso obligatorio para las empresas
El registro en la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) es obligatorio para las empresas que tengan la intención de fabricar o importar una determinada sustancia en cantidades iguales o superiores a una tonelada por año.
¿Quieres más información? La Agencia ECHA dispone de una sección donde responde a las preguntas más frecuentes sobre los procesos y regulaciones del reglamento REACH.
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