GUÍA PARA EXPORTAR A REINO UNIDO TRAS EL BREXIT

Te explicamos paso a paso cómo exportar mercancías a Reino Unido tras la implantación del Brexit. Si tienes alguna pregunta específica para tu negocio, por favor, contacta con nosotros para ofrecerte asesoramiento personalizado.

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¿QUÉ HA CAMBIADO?

¿QUÉ HA CAMBIADO?

El 1 de enero de 2021, Reino Unido abandonó el mercado único y la unión aduanera, por lo que finalizaba la libre circulación de mercancías entre este mercado y la Unión Europea. Esta decisión ha representado grandes cambios y nuevos obstáculos para las operaciones de exportación a Reino Unido, que están sujetas desde entonces a declaraciones aduaneras y el sometimiento de las transacciones a controles aduaneros. 

¿CÓMO EXPORTAR A REINO UNIDO?

La salida de la Unión Europea ha incrementado la complejidad de las relaciones comerciales con Reino Unido, por lo que para operar en este mercado es especialmente importante la elección de un partner logístico experto en aduanas y especializado en cada nuevo requerimiento que exige el Brexit, capaz de ofrecer asesoramiento personalizado a las necesidades de cada empresa. Rhenus Logistics reúne estas características y aporta la ventaja de integrar todos los servicios logísticos que necesitan los exportadores a Reino Unido, ya que puede asumir la tramitación aduanera y encargarse de todas las necesidades del transporte y el almacenamiento de tus mercancías.

ACCEDA A LA AUTORIZACIÓN DE DESPACHO ADUANERO

¿Necesitas ayuda? Te explicamos cómo dar de alta a un representante aduanero

Las empresas españolas que realicen operaciones con Reino Unido deben disponer del número de registro e identificación de operadores económicos (EORI), que es necesario para cualquier declaración de aduanas, sea de importación o exportación.

SOLICITA EL ALTA DEL NÚMERO EORI

A partir del 1 de enero de 2025, los productos que se vendan en Gran Bretaña (Inglaterra, Gales y Escocia) y que hasta el momento requerían el marcado CE, deberán contar obligatoriamente con el marcado UKCA (UK Conformity Assessed), que no se aplica a Irlanda del Norte.

Se establecen diferentes plazos para los siguientes productos:

  • Dispositivos médicos: A partir del 1 de julio de 2024
  • Productos para la construcción: A partir del 1 de julio de 2025.
  • Equipamiento marino: Desde el 1 de enero de 2023.
  • Equipos a presión transportables: Desde el 1 de enero de 2023.

Claves a tener en cuenta ante la entrada en vigor del marcado UKCA:

1. Un producto debe cumplir con toda la legislación aplicable antes de que esté disponible en el mercado británico por primera vez.
2. Un producto se considera que se ha puesto en el mercado cuando se pone a disposición por primera vez para su distribución, consumo o uso en el mercado británico en el curso de una actividad comercial.
3. No requiere la transferencia física del producto. Por ejemplo, si un importador británico de juguetes con sede en GB contrata el suministro de una partida de juguetes (identificables individualmente por sus números de serie o de lote) a un fabricante español antes de las 23:00 horas del 31 de diciembre de 2024, este acuerdo constituirá una puesta en el mercado británico, incluso si los juguetes se entregan físicamente a partir del 1 de enero de 2025.
4. La prueba de la puesta en el mercado puede ser cualquier documento habitualmente utilizado en las transacciones comerciales, como un contrato de compraventa, una factura o un documento de transporte de la mercancía.
5. Si un producto con marcado CE se puso en el mercado británico antes del 1 de enero de 2025, no necesita hacer nada nuevo.

¿Qué tengo que hacer si soy un fabricante?

1. Asegurarse de que el producto ha sido diseñado y fabricado de acuerdo con los requisitos de seguridad pertinentes de la legislación. Esto implicará seguir los procedimientos de evaluación de la conformidad pertinentes tal como se establece en las reglamentaciones correspondientes (por ejemplo, autodeclaración o evaluación de la conformidad obligatoria por terceros).
2. Redactar una declaración de conformidad y colocar el marcado UKCA de forma visible, legible e indeleble en el producto.
3. Cumplimentar la documentación técnica y una declaración de conformidad del Reino Unido y conservar ambos durante 10 años.
4. Indicar su nombre, nombre comercial registrado o marca registrada y dirección postal en el producto.
5. Asegurarse de que el producto vaya acompañado de instrucciones.

¿Qué tengo que hacer si soy un importador?1. Si comercializa un producto con su nombre y marca comercial suele considerarse el fabricante y asume sus responsabilidades.
2. Asegurarse de que el fabricante haya llevado a cabo los procedimientos correctos de evaluación de la conformidad. Si el fabricante ha suministrado productos no conformes, el importador debe evitar que los productos se comercialicen en el mercado británico, hasta que cumplan con los requisitos.
3. Informar inmediatamente a la autoridad de vigilancia de mercado si considera que el producto presenta un riesgo.
4. Asegurarse de que el fabricante haya elaborado la documentación técnica correcta en inglés, haya colocado las marcas de conformidad y haya etiquetado el producto con sus datos.
5. Antes de colocar productos en el mercado, el importador debe indicar también sus datos (nombre, nombre comercial registrado o marca registrada y dirección postal) en el producto.
6. Asegurarse de que, mientras el producto esté bajo su responsabilidad, las condiciones de almacenamiento o transporte no pongan en peligro el cumplimiento de la normativa aplicable al producto en Reino Unido.
7. Conservar una copia de la Declaración de Conformidad y la documentación técnica durante 10 años.Amplía esta información con el documento elaborado por la Oficina Económica y Comercial de España en Londres

Más información

 

También puedes ampliar esta información con el documento elaborado por la Oficina Económica y Comercial de España en Londres.

Para que podamos completar una declaración aduanera para tus mercancías será necesaria una factura comercial, acompañada de las respectivas autorizaciones o certificados, así como la lista de carga (packing list).

Información básica de la FACTURA COMERCIAL

  • Fecha de expedición
  • Número de factura
  • Identificación del exportador e importador + EORI de ambos
  • Descripción de las mercancías + partida(s) arancelaria(s)
  • Valor unitario, valor total, valor facturado y moneda de pago
  • Condiciones de entrega = Incoterm acordado y condiciones de pago
  • Origen de la mercancía: Desde enero de 2022, la indicación “EU" ya no es suficiente. En la declaración de origen preferente, debe seguir constando Unión Europea (EU) y el país respectivo dentro de la UE debe indicarse bajo cada artículo o entre paréntesis. Únicamente artículos que tengan la misma partida arancelaria y el mismo país de origen podrán ser agrupados.

CONSULTA UN EJEMPLO DE UNA FACTURA COMERCIAL

La LISTA DE CARGA o Packing List (P/L) es necesaria para el despacho de aduana y se adjunta a la factura y a los documentos de transporte. Suele incluir datos como:

  • Fecha de expedición
  • Número de la factura de transporte
  • Datos del exportador, del importador y de la empresa de transporte
  • Número de bultos y contenido de cada bulto
  • Tipo de embalaje, marcas y numeración
  • Peso neto, bruto y dimensiones de los bultos

Estos datos se utilizan para las estadísticas comerciales y el cálculo de IVA y aranceles y deben indicarse en la factura comercial para procesar la declaración de aduana. Tanto los importadores como los exportadores deberán conocer los datos que forman parte de la declaración de aduanas.

Demuestra el origen de tus mercancías si estás comerciando desde España o desde otro país que tiene un acuerdo comercial con Reino Unido para poder beneficiarte de una tasa reducida de derechos de aduana. Para ello, es necesario realizar una declaración de origen (también conocida como declaración en factura), un documento que identifica el origen de la mercancía con el que puedes evitar la liquidación de aranceles a la importación, ya sea en Reino Unido o en España. 

¿CÓMO CUMPLIMENTAR LA DECLARACIÓN DE ORIGEN?

El Departamento de Aduanas del Reino Unido (HRMC) cambia su sistema CHIEF (Cargo Handling of Import and Export Freight) por el nuevo CDS (Customs Declaration Service), que entra en vigor el 30 de septiembre para las importaciones y el 30 de marzo de 2023 para las exportaciones.

¿Qué cambios representa?
Antes de la fecha indicada, las empresas deberán estar registradas en el nuevo sistema CDS, haber renovado la autorización al agente de aduanas utilizado, así como haber actualizado tanto autorizaciones específicas, como el método de pago de aranceles, tasas e IVA.

Más información

El Gobierno del Reino Unido ha publicado un nuevo modelo de controles sanitarios y fitosanitarios para las importaciones de productos agroalimentarios en Reino Unido. Su implantación se llevará a cabo por etapas con un calendario que distingue la categorización de los productos por nivel de riesgo y que está basado en tres pilares fundamentales: notificaciones previas, certificados sanitarios/fitosanitarios, y controles físicos.

  • 31 Octubre 2023. Se introducen certificados sanitarios y fitosanitarios de exportación para productos de riesgo medio.
  • 31 enero 2024. Controles físicos/identidad para productos de riesgo medio y productos vegetales de alto riesgo en puntos de control fronterizo (BCP).
  • 31 octubre 2024. Controles físicos/identidad en BCP para todos los productos de riesgo medio y alto. Se implantan declaraciones sumarias de importación.

Calendario de implantación de los nuevos controles

 Situación actual31 de octubre de 2023
Riesgo alto

Notificación previa IPAFFS
Certificado sanitario
Control documental remoto
Control físico en puntos de destino

Notificación previa IPAFFS
Certificado sanitario simplificado
Control documental 
Control físico en puntos de destino
Riesgo medioNotificación previa IPAFFSNotificación previa IPAFFS
Certificado sanitario simplificado
Riesgo bajoNotificación previa IPAFFS

Notificación previa IPAFFS
Documentación comercial

 31 de enero de 202431 de octubre de 2024
Riesgo alto

Notificación previa IPAFFS
Certificado sanitario simplificado
Control documental 
Incremento controles físicos/identidad
Control físico en puntos de destino

Notificación previa IPAFFS
Certificado sanitario simplificado
Control documental 
Incremento controles físicos/identidad
Control físico en BCP
Declaraciones sumarias importación
Riesgo medioNotificación previa IPAFFS
Certificado sanitario simplificado
Control documental 
Control físico en BCP
Inicio pruebas operadores de confianza

Notificación previa IPAFFS
Certificado sanitario simplificado
Control documental 
Control físico en BCP
Implantación operadores de confianza
Declaraciones sumarias importación

Riesgo bajoNotificación previa IPAFFS
Entrada por BCP
Documentación comercial
Notificación previa IPAFFS
Entrada por BCP
Documentación comercial
Declaraciones sumarias importación

 

Amplía esta información con el documento elaborado por la Oficina Económica y Comercial de España en Londres

El Gobierno Británico ha actualizado los requisitos para la importación de productos de origen vegetal, así como la información sobre los nuevos controles que entran en vigor a partir del 31 de octubre de 2023.

  • 31 de octubre de 2023. Se introducen los certificados fitosanitarios simplificados para todos los productos de origen vegetal regulados y se iniciarán controles documentales por muestreo de las mercancías de riesgo medio procedentes de la UE.
  • 31 de enero de 2024. Se introducirán controles físicos y de identidad en frontera para mercancías de riesgo medio con origen en la UE.
  • 31 de octubre de 2024. Será necesario presentar declaraciones sumarias de importación para las importaciones de la UE, y comenzarán a aplicarse las facilidades previstas en la Ventanilla única aduanera y los esquemas de operadores de confianza.

Amplía esta información con el documento elaborado por la Oficina Económica y Comercial de España en Londres.

Respecto a los aparatos médicos de origen UE que quieran ponerse a la venta en el mercado británico (GB), se han actualizado las fechas sobre los productos que sí pondrán seguirse comercializando con certificados de conformidad UE que estén vigentes y se hubieran emitido antes del Brexit. También se deberá designar una Persona Responsable en UK, para aquellas empresas de la UE, no establecidas en UK, y que deseen comercializar nuevos productos o antiguos con marcado CE ya No válido, y por consiguiente deben tramitar el marcado UKCA Británico.

A) La norma general será que los nuevos certificados de conformidad emitidos por la UE, no serán válidos en UK y precisarán el “certificado de conformidad equivalente de Reino Unido”, el marcado UKCA, para poder ser comercializados en su territorio a partir del 1 de enero de 2021.

  1. Los fabricantes que quieran poner en el mercado británico dispositivos médicos tienen una nueva ruta y marcado (el marcado UKCA).
  2. Todos los dispositivos médicos, incluyendo los de diagnóstico in vitro (IVDs), los dispositivos hechos a medida y los sistemas o equipos para procedimientos, han de registrarse con la MHRA antes de ponerse en el mercado. Los nuevos registros o los cambios a registros existentes tienen un coste de una tarifa estándar de 100 libras por solicitud.
  3. Los fabricantes con sede fuera del Reino Unido que quieran poner un dispositivo en el mercado británico deben designar una Persona Responsable en el Reino Unido (UK Responsible Person), quien actuará en su nombre para llevar a cabo tareas como el registro.

B) Exenciones para aquellos productos que disponían de certificado/marcado CE, antes del Brexit, y aún no ha caducado, está en vigor.

Se ha establecido un periodo transitorio para la puesta en el mercado de dispositivos médicos con marcado CE, de acuerdo con los siguientes plazos:

  1. Los dispositivos médicos que cumplen con la Directiva relativa a los productos sanitarios (EU MDD - 93/42/CEE) o con la Directiva relativa a los productos sanitarios implantables activos (EU AIMDD - 90/385/CEE) con una declaración de conformidad válida y marcado CE, se pueden poner en el mercado británico hasta que expire su certificado o hasta el 30 de junio de 2028, lo que suceda con anterioridad.
  2. Los productos sanitarios para diagnóstico in vitro que cumplen con la Directiva sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro (EU IVDD - 98/79/CE) se pueden poner en el mercado británico hasta que expire su certificado o hasta el 30 de junio de 2030, lo que suceda con anterioridad, y
  3. Los dispositivos médicos, incluyendo los hechos a medida o personalizados, que cumplen con el Reglamento sobre los productos sanitarios (EU MDR – Reglamento UE 2017/745) y productos sanitarios para diagnóstico in vitro que cumplen con el Reglamento sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro (EU IVDR – Reglamento UE 2107/746) se pueden poner en el mercado británico hasta el 30 de junio de 2030.

 Si se ponen en el mercado británico dispositivos médicos bajo estas medidas transitorias, los fabricantes no podrán hacerlo basándose en certificados que han expirado (a no ser que éstos se hayan considerado válidos por la UE).

Si es necesaria evaluación de conformidad por parte de tercero para el marcado UKCA, es necesario un Organismo Autorizado británico (UK Approved Bodies). La UE no reconoce los Organismos Notificados del Reino Unido y los Organismos Notificados de Reino Unido no pueden expedir certificados CE.

C) Persona responsable (representante fabricante de la UE en UK)

Los fabricantes con sede fuera del Reino Unido que quieran poner un dispositivo en el mercado británico deben designar una Persona Responsable en el Reino Unido (UK Responsible Person). Esta persona ha de proporcionar por escrito prueba de que cuenta con la autorización del fabricante para actuar como tal. Importadores y distribuidores no tienen que nombrar una Persona Responsable.

Los Representantes Autorizados (Authorised Representatives) con sede en Gran Bretaña que no actualizaron su función a la figura de Persona Responsable en el Registro del MHRA, quedaron suspendidos el 1 de enero de 2022. La Persona responsable actúa por parte del fabricante extranjero para llevar a cabo algunas tareas relacionadas con sus obligaciones, como puede ser el registro con el MHRA antes de que los dispositivos se puedan poner en el mercado británico.

Sus responsabilidades están definidas en la Medical Device Regulations 2002, y además del registro, tienen entre otras obligaciones:

  1. Asegurarse de que la declaración de conformidad y la documentación técnica se han elaborado y, cuando corresponda, de que el procedimiento de evaluación de conformidad apropiado se ha llevado a cabo por parte del fabricante.
  2. Guardar una copia de la documentación técnica, de la declaración de conformidad y, si aplica, una copia del certificado relevante, incluyendo cualquier modificación o suplemento para su inspección por el MHRA
  3. A petición del MHRA, proporcionar la información y documentación necesaria que demuestre la conformidad de un dispositivo.
  4. Si cuentan con muestras de los dispositivos o acceso a los dispositivos, cumplir con la petición del MHRA de proporcionar la muestra o acceso al dispositivo.
  5. Si no cuentan con muestras o acceso al dispositivo habrán de comunicar al fabricante la petición del MHRA para que lo proporcione, y habrá de comunicar al MHRA si el fabricante va a atender su solicitud.
  6. Cooperar con MHRA en medidas preventivas o correctoras para eliminar y, si no es posible, mitigar los riesgos derivados de un dispositivo.
  7. Informar inmediatamente al fabricante sobre quejas o informes de profesionales de la salud, pacientes y usuarios sobre incidentes sospechosos en relación con un dispositivo para el que están designados.
  8. Si el fabricante actúa de manera contraria a sus obligaciones bajo la normativa: terminar la relación contractual con el fabricante e informar a MHRA y si fuera de aplicación al organismo autorizado de la terminación.

Nada impide a un importador o distribuidor actuar también como Persona Responsable en Reino Unido. En los casos en los que el importador británico no es la Persona Responsable en Reino Unido, el importador ha de informar al fabricante o a la Persona Responsable de su intención de importar el dispositivo. La Persona responsable ha de proporcionar a MHRA los datos de los importadores de los dispositivos.

El nombre y la dirección de la Persona Responsable en Reino Unido deberá estar incluido en el etiquetado del producto, bien en su envase exterior, o en las instrucciones de uso. Los datos de la Persona Responsable en Reino Unido no tienen que estar incluidos en el etiquetado de dispositivos con el marcado CE, a no ser que lleve los dos marcados, CE y UKCA.

El nombre y la dirección del importador o distribuidor no tienen que constar en el etiquetado a no ser que estén actuando como Persona Responsable en Reino Unido a efectos del marcado UKCA.

Para más información, accede a la Guía de dispositivos médicos de la Oficina Económica y Comercial de España en Londres.

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CONSECUENCIAS DEL BREXIT EN EL IVA

Considera la posibilidad de solicitar una cuenta de aplazamiento. Esto puede mejorar el flujo de efectivo y reducir su responsabilidad financiera cuando la mercancía entra en Reino Unido mediante el establecimiento de una línea de crédito contra la cual se contabilizan los derechos de importación y el IVA.


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OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO (OEA)

La certificación como Operador Económico Autorizado (OEA) aporta un gran número de ventajas a las operativas de exportación con Reino Unido tras la implantación del Brexit. Las empresas que no disponen de la acreditación OEA pueden aprovechar los servicios de un operador logístico con esta certificación (como Rhenus Logistics) para mitigar el impacto de los retrasos transfronterizos.


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